El embargo de derechos en una sociedad de responsabilidad limitada (SRL) en Chile es un tema que genera diversas interrogantes en el ámbito jurídico. La presente investigación tiene como objetivo analizar la factibilidad jurídica de esta medida, considerando la doctrina legal y la jurisprudencia relevante.
Para abordar este análisis, se ha realizado una revisión exhaustiva de la legislación chilena, la doctrina legal y la jurisprudencia relacionada con el embargo de derechos en las SRL. A continuación, se presentan los hallazgos más relevantes:
Legislación Chilena
Si bien la legislación chilena no establece una regulación específica sobre el embargo de derechos en las SRL, existen normas en el Código de Procedimiento Civil y la Ley sobre Sociedades Anónimas (Ley N°18.046) que resultan aplicables.
El Código de Procedimiento Civil, en su artículo 526, establece las reglas generales para el embargo de bienes, incluyendo los derechos. 1 Por otro lado, la Ley N°18.046, aunque se refiere principalmente a las sociedades anónimas, también contiene disposiciones que se aplican a las SRL en materia de propiedad y transferencia de derechos, como la regulación de las acciones y la cesión de éstas. Esta ley, en su artículo 13, establece que las acciones son bienes muebles y, por lo tanto, susceptibles de embargo.
Doctrina Legal
La doctrina legal chilena ha abordado el tema del embargo de derechos en las SRL, presentando diversas opiniones sobre su factibilidad.
Un ejemplo de la doctrina que admite el embargo de derechos en SRL es la opinión del profesor Jaime Alcalde, quien señala que los derechos sociales de una SRL en Chile pueden ser embargados por un acreedor personal de uno de los socios7. Alcalde argumenta que este embargo puede recaer sobre los derechos individuales del socio, como aquel que recae sobre la utilidad devengada o sobre cuentas personales, y que este embargo se hace efectivo oficiando a la sociedad para que retenga dichos fondos7.
Sin embargo, existen autores que plantean que el embargo de derechos en una SRL no es tan sencillo y que existen limitaciones a esta medida. Algunos argumentan que el embargo solo puede recaer sobre las utilidades o beneficios que se reparten al socio, y no sobre el derecho social en sí mismo. Otros señalan que el pacto social puede establecer limitaciones al embargo de derechos.
Jurisprudencia
La jurisprudencia chilena ha reconocido la posibilidad de embargar derechos en una SRL en ciertos casos7.
Se ha establecido que es posible embargar los derechos individuales del socio, como aquel que recae sobre la utilidad devengada o sobre cuentas personales. Este embargo se hace efectivo oficiando a la sociedad para que retenga dichos fondos7.
También se ha sostenido que los derechos sociales son embargables en cuanto tales, pero que ese embargo solo permite que el acreedor personal pueda percibir las utilidades o beneficios sociales que correspondan al socio deudor, así como el aporte o los créditos a que tenga derecho en la liquidación de la sociedad, una vez pagados los pasivos exigibles7.
Análisis Jurídico
A partir de la revisión de la legislación, la doctrina y la jurisprudencia, se puede concluir que la factibilidad jurídica de embargar derechos en una SRL en Chile es un tema complejo que debe ser analizado en cada caso concreto.
Si bien no existe una norma que expresamente regule el embargo de derechos en las SRL, las disposiciones del Código de Procedimiento Civil sobre embargo de bienes, en conjunto con la normativa de la Ley N°18.046 sobre la naturaleza de las acciones como bienes muebles, permiten inferir que los derechos en una SRL son susceptibles de embargo.
Es importante destacar la distinción entre el embargo de derechos individuales del socio (como las utilidades) y el embargo de los derechos sociales en sí mismos. El primero se refiere a los beneficios económicos que el socio obtiene de la sociedad, mientras que el segundo implica el embargo del derecho a participar en la sociedad, con las consecuencias que ello conlleva.
La doctrina y la jurisprudencia muestran que ambos tipos de embargo son posibles, pero con diferentes requisitos y efectos. El embargo de las utilidades es más sencillo de ejecutar, mientras que el embargo del derecho social puede tener mayores limitaciones y complejidades.
Requisitos y Procedimientos
Basado en la jurisprudencia, se pueden inferir los siguientes requisitos y procedimientos generales para el embargo de derechos en una SRL: 7
- Existencia de un título ejecutivo: El acreedor debe contar con un título ejecutivo que le otorgue el derecho a exigir el pago de una deuda. Un título ejecutivo es un documento que acredita la existencia de una obligación clara, expresa y exigible, como una sentencia judicial, un pagaré o una escritura pública.
- Identificación del deudor: Se debe identificar al socio de la SRL que es deudor del acreedor. Es crucial determinar con precisión la identidad del socio y su participación en la sociedad.
- Solicitud de embargo: El acreedor debe solicitar al tribunal competente el embargo de los derechos del socio deudor en la SRL. La solicitud debe ser presentada ante el tribunal que conoce del juicio ejecutivo o del procedimiento de apremio.
- Notificación a la sociedad: El tribunal debe notificar a la SRL sobre el embargo de los derechos del socio, para que proceda a retener las utilidades o beneficios que le correspondan. La notificación debe ser realizada de forma legal y oportuna, para que la sociedad tenga conocimiento del embargo y pueda cumplir con la orden judicial.
Es importante tener en cuenta que estos son requisitos y procedimientos generales, y que pueden variar según el caso específico.
Limitaciones y Excepciones
Existen ciertas limitaciones o excepciones al embargo de derechos en una SRL en Chile.
El pacto social de la SRL puede establecer limitaciones al embargo de derechos, por ejemplo, al exigir la autorización de los demás socios para la cesión de derechos o al establecer un derecho de preferencia a favor de los socios existentes. Estas cláusulas deben ser respetadas al momento de ejecutar un embargo.
La ley también puede establecer excepciones para ciertos tipos de derechos. Por ejemplo, la Ley N°18.046 establece limitaciones a la cesión de acciones en sociedades anónimas cerradas, las cuales también pueden aplicarse a las SRL.
Conclusión
La factibilidad jurídica de embargar derechos en una sociedad de responsabilidad limitada en Chile es, en general, posible, pero con ciertas limitaciones y complejidades. Si bien no existe una regulación específica, la combinación de normas del Código de Procedimiento Civil y la Ley N°18.046, junto con la doctrina y la jurisprudencia, permiten concluir que los derechos en una SRL son susceptibles de embargo.
Es fundamental distinguir entre el embargo de derechos individuales del socio (como las utilidades) y el embargo de los derechos sociales en sí mismos, ya que cada uno tiene diferentes requisitos y efectos.
Para los abogados y acreedores, es crucial analizar cuidadosamente la legislación, la doctrina y la jurisprudencia aplicable a cada caso, así como el pacto social de la SRL, para determinar la viabilidad del embargo y los pasos a seguir. Se recomienda una estrategia legal que considere las posibles limitaciones y excepciones, y que busque la forma más efectiva de asegurar el cobro de la deuda.
Para los dueños de SRL, es importante conocer las normas que regulan el embargo de derechos en las sociedades, para poder tomar medidas preventivas, como la inclusión de cláusulas en el pacto social que limiten el embargo o que establezcan mecanismos de protección para los socios.
En definitiva, el embargo de derechos en una SRL en Chile es una herramienta legal que puede ser utilizada por los acreedores para asegurar el pago de sus acreencias, pero su aplicación requiere un análisis cuidadoso de las normas y la jurisprudencia, así como una estrategia legal adecuada.
Fuentes citadas
1. Ley No. 3.918 – SII, acceso: enero 28, 2025, https://www.sii.cl/pagina/jurisprudencia/ley3.918.htm
2. www.bcn.cl, acceso: enero 28, 2025, https://www.bcn.cl/obtienearchivo?id=recursoslegales/10221.3/28033/1/HL3918.pdf
3. Vista de El embargo de derechos en sociedades de personas y la alienabilidad | Revista Jurídica Digital UANDES, acceso: enero 28, 2025, https://rjd.uandes.cl/index.php/rjduandes/article/view/136/148
4. repositorio.uchile.cl, acceso: enero 28, 2025, https://repositorio.uchile.cl/bitstream/handle/2250/196377/El-pasivo-sobrevenido-en-una-sociedad-de-responsabilidad-limitada-comercial.pdf?sequence=1&isAllowed=y
5. Constitución de la provincia de Corrientes – SAIJ, acceso: enero 28, 2025, https://www.saij.gob.ar/doctrina/dasa930176-carrillo-sobre_embargo_las_cuotas.htm
6. Preguntas frecuentes – REGISTRO DE EMPRESAS Y SOCIEDADES, acceso: enero 28, 2025, https://www.registrodeempresasysociedades.cl/FAQ.aspx
7. Profesor Jaime Alcalde: El embargo y realización de derechos sociales, acceso: enero 28, 2025, https://derecho.uc.cl/es/noticias/derecho-uc-en-los-medios/36971-profesor-jaime-alcalde-el-embargo-y-realizacion-de-derechos-sociales
Artículo preparado con la ayuda de la IA