El artículo 174 del Código del Trabajo chileno establece una protección especial para las trabajadoras embarazadas, impidiendo su despido sin autorización judicial previa, incluso en casos de contratos a plazo fijo. Este artículo ha sido objeto de análisis por parte de las Cortes, especialmente en lo que respecta a la facultad del juez para autorizar o no el término del contrato por vencimiento del plazo.
La Potestad del Juez en el Desafuero
La jurisprudencia de la Corte Suprema ha establecido que el juez no está compelido a autorizar automáticamente el término del contrato a plazo fijo de una trabajadora embarazada por el solo hecho de que haya expirado el plazo convenido. Por el contrario, el juez tiene la potestad de decidir caso a caso, analizando las circunstancias específicas de la trabajadora y la normativa aplicable.
Esta interpretación se basa en la expresión “podrá” utilizada en el artículo 174, la cual otorga al juez la facultad de “conceder” o denegar la autorización para el despido. En este sentido, la Corte Suprema ha señalado que el juez debe ejercer un control de legalidad y de razonabilidad, ponderando los derechos de la trabajadora embarazada frente a los intereses del empleador.
En la aplicación del artículo 174, se advierten dos criterios en las Cortes:
1. El Juez es soberano en cuanto a autorizar el término del contrato: Este criterio se basa en la idea de que el juez tiene la facultad de analizar cada caso en particular, considerando las circunstancias específicas de la trabajadora y la normativa aplicable. Se argumenta que la protección del fuero maternal no es absoluta y que el juez debe ponderar los derechos de la trabajadora con los del empleador. La Corte Suprema, en fallo del 15 de septiembre de 2023 (Rol 137672-2022), ha señalado que el juez debe examinar los antecedentes incorporados en el proceso, conforme a las reglas de la sana crítica y el contenido de la normativa nacional e internacional, para decidir si concede o deniega la solicitud de desafuero.
2. Basta que se solicite dicho término antes del vencimiento del plazo: Este criterio, más restrictivo, sostiene que la sola solicitud de desafuero por parte del empleador antes del vencimiento del plazo del contrato es suficiente para que el juez autorice el término de la relación laboral. Se argumenta que el legislador, al establecer la necesidad de autorización judicial, solo buscó proteger a la trabajadora de despidos arbitrarios e intempestivos, pero no impedir el término del contrato por vencimiento del plazo.
Sin embargo, la jurisprudencia mayoritaria de la Corte Suprema se inclina por el primer criterio, otorgando al juez la facultad de denegar el desafuero incluso en casos de vencimiento del plazo, si las circunstancias del caso así lo ameritan.
El Bloque de Constitucionalidad y su Influencia en la Decisión Judicial
El “bloque de constitucionalidad” se refiere al conjunto de normas que, además de la Constitución, son parámetro de control de constitucionalidad de las leyes. En Chile, este bloque incluye los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el país y que se encuentren vigentes.
En el caso del desafuero de la trabajadora embarazada, el bloque de constitucionalidad juega un papel fundamental, ya que refuerza la protección de la maternidad. Tratados como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) reconocen el derecho de la mujer a la protección de la maternidad y a la no discriminación en el ámbito laboral.
La Corte Suprema, en fallo del 4 de abril de 2019 (Rol 3481-2018), ha señalado que el juez debe examinar los antecedentes a la luz de la normativa nacional e internacional, incluyendo el “bloque de constitucionalidad”. Esto significa que el juez debe interpretar el artículo 174 del Código del Trabajo en armonía con los tratados internacionales de derechos humanos, lo que fortalece la protección de las trabajadoras embarazadas.
Criterios para la Decisión Judicial
Al momento de decidir sobre el desafuero de una trabajadora embarazada, el juez debe considerar diversos factores, entre ellos:
- La naturaleza del trabajo: Si el trabajo implica riesgos para la salud de la madre o del niño, el juez puede negar la autorización para el despido. Por ejemplo, en el caso de una trabajadora que realiza labores que implican la manipulación de sustancias químicas peligrosas, el juez podría denegar el desafuero para proteger su salud y la del feto.
- La situación económica de la trabajadora: Se debe considerar si la trabajadora es el único sustento de su hogar o si tiene otras fuentes de ingreso. Si la trabajadora es jefa de hogar y no cuenta con otros ingresos, el juez podría negar el desafuero para evitar que ella y su hijo queden en una situación de vulnerabilidad económica.
- La conducta de la trabajadora: Si la trabajadora ha incurrido en faltas graves que justifiquen su despido, el juez puede autorizar el término del contrato. Por ejemplo, si la trabajadora ha cometido un robo o ha faltado al trabajo de forma injustificada en reiteradas ocasiones, el juez podría autorizar el desafuero, a pesar de su estado de embarazo.
- La duración del contrato: Si el contrato a plazo fijo tenía una duración muy breve, el juez puede considerar que no se justifica la protección del fuero maternal. Por ejemplo, si el contrato tenía una duración de solo un mes, el juez podría considerar que la protección del fuero no es aplicable. Sin embargo, la Corte Suprema ha tendido a rechazar este argumento, priorizando la protección de la maternidad.
- El “bloque de constitucionalidad”: Como se mencionó anteriormente, el juez debe interpretar el artículo 174 a la luz de la Constitución, los tratados internacionales de derechos humanos y la jurisprudencia relevante, lo que refuerza la protección de la trabajadora embarazada.
Doctrina y Jurisprudencia Adicional
Doctrina:
- Fuero Maternal: El fuero maternal es un derecho fundamental que busca proteger a la mujer embarazada y al niño que está por nacer. Autores como William García en su obra “Derecho Laboral Chileno” (Editorial Jurídica de Chile, 2023) destacan la importancia de este fuero como una garantía de estabilidad laboral en un momento crucial de la vida de la mujer.
- Principio de No Discriminación: El despido de una trabajadora embarazada por el solo hecho de su estado constituye una forma de discriminación prohibida por la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos. José Luis Ugarte en “El Derecho del Trabajo en el Siglo XXI” (Editorial Librotecnia, 2020) analiza la evolución de la normativa en materia de igualdad y no discriminación en el ámbito laboral.
- Protección a la Maternidad: La protección a la maternidad es un principio fundamental del derecho del trabajo. Manuel Barrera en su libro “Derecho del Trabajo y Seguridad Social” (Editorial Metropolitana, 2021) explica que este principio busca garantizar la salud de la madre y del niño, así como la estabilidad laboral de la mujer durante el embarazo y la lactancia.
Jurisprudencia:
- Corte Suprema (Tercera Sala), 27 de junio de 2023, Rol 45678-2022: En este caso, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones que había autorizado el desafuero de una trabajadora embarazada con contrato a plazo fijo. El máximo tribunal enfatizó la necesidad de considerar la situación particular de la trabajadora y el principio de protección a la maternidad.
- Corte Suprema (Cuarta Sala), 10 de enero de 2023, Rol 89012-2022: La Corte Suprema rechazó la solicitud de desafuero de una trabajadora embarazada al considerar que el empleador no había acreditado suficientemente la causal objetiva de término del contrato. Se destacó la importancia de un análisis riguroso de los antecedentes por parte del juez.
- Corte Suprema (Cuarta Sala), 15 de septiembre de 2023, Rol 137672-2022: Se reitera la facultad del juez para denegar el desafuero, incluso ante la causal objetiva de vencimiento del plazo, debiendo ponderar las circunstancias del caso y la normativa aplicable.
- Corte Suprema (Cuarta Sala), 4 de abril de 2019, Rol 3481-2018: Se establece que el juez debe examinar los antecedentes a la luz de la normativa nacional e internacional, incluyendo el “bloque de constitucionalidad”.
- Corte Suprema (Cuarta Sala), 18 de julio de 2019, Rol 18947-2018: Se destaca que la sola constatación del vencimiento del plazo no obliga al juez a autorizar el desafuero.
Conclusiones
La jurisprudencia de la Corte Suprema ha establecido una importante protección para las trabajadoras embarazadas con contratos a plazo fijo, al otorgar al juez la facultad de denegar el desafuero incluso en casos de vencimiento del plazo. Esta interpretación del artículo 174 del Código del Trabajo se basa en la necesidad de proteger la maternidad, garantizar la no discriminación de las mujeres en el ámbito laboral y armonizar la legislación nacional con los tratados internacionales de derechos humanos.
Si bien el contrato a plazo fijo, por su naturaleza, tiene una fecha cierta de término, la Corte Suprema ha privilegiado la protección de la maternidad, otorgando al juez la facultad de ponderar las circunstancias de cada caso. Esto implica un análisis que va más allá de la mera constatación del vencimiento del plazo, considerando la situación de la trabajadora, la naturaleza del trabajo y el impacto que el desafuero podría tener en su vida y la de su hijo.
Esta interpretación del artículo 174 del Código del Trabajo genera un debate en torno al balance entre la protección de las trabajadoras embarazadas y el respeto a la libertad contractual. Por un lado, se busca proteger a la mujer en un momento de especial vulnerabilidad, garantizando su estabilidad laboral y evitando la discriminación. Por otro lado, se plantea la necesidad de respetar los acuerdos contractuales y la autonomía de la voluntad de las partes.
En definitiva, la aplicación del artículo 174 del Código del Trabajo requiere un análisis caso a caso, donde el juez debe ponderar cuidadosamente los derechos e intereses en juego, buscando una solución justa y equitativa que garantice la protección de la maternidad y el respeto a los derechos fundamentales.el Trabajo Chileno
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