La sentencia analiza la improcedencia de utilizar el recurso de queja para impugnar simples errores judiciales o diferencias de criterio jurídico. Se destaca que este recurso, regulado en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, tiene como finalidad corregir faltas o abusos graves en resoluciones jurisdiccionales que pongan fin al juicio o hagan imposible su continuación, y que no sean susceptibles de otros recursos.
El caso en cuestión trata sobre un abogado que interpuso un recurso de queja contra los ministros de una Corte de Apelaciones por confirmar la caducidad de una acción laboral presentada fuera de plazo. El demandante argumentó que el plazo para presentar la demanda estaba suspendido debido a un reclamo administrativo pendiente ante la Inspección del Trabajo.
No obstante, tanto el tribunal de primera instancia como la Corte de Apelaciones determinaron que la demanda fue presentada fuera del plazo legal de 60 días hábiles, considerando que el reclamo administrativo había concluido en marzo de 2024 y la demanda fue presentada en junio de 2024.
La Corte Suprema, al revisar el recurso de queja, enfatizó que este solo procede ante faltas o abusos graves y no para corregir simples errores judiciales o discrepancias interpretativas. Citando al jurista José Miguel Barahona Avendaño, se señala que el recurso de queja no debe usarse para combatir diferencias de criterio jurídico, sino para corregir situaciones de mayor gravedad que afecten sustancialmente la resolución judicial.
En conclusión, la sentencia subraya que el recurso de queja no es el medio adecuado para impugnar decisiones basadas en interpretaciones jurídicas divergentes o errores menores, sino que está destinado a corregir faltas o abusos de significativa relevancia en el ejercicio jurisdiccional.
Fuente: https://www.jurischile.com/2025/01/el-simple-error-judicial-y-las.html
Artículo creado con la ayuda de IA